Aplicación de nulidad de oficio de acto jurídico en los procesos de desalojo por ocupante precario en el juzgado civil de Tambopata año 2021-2022
Date
2024-04Author
Muñiz Laura, Kelltow Arrisow
Ccahuana Quispe, Arniz Alvaro
Metadata
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La presente investigación, está referida al análisis jurídico, sobre lo resuelto por el Juzgado especializado civil de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, donde hemos realizado un exhaustivo análisis referido a la motivación de las Resoluciones Judiciales en el desalojo por ocupación precaria; dándose una omisión del pronunciamiento por parte de la juez especializada, señalando que la nulidad manifiesta, no se puede generar en un proceso sumarísimo de desalojo por precario, sino que tiene una vía especial, que es el proceso de conocimiento; dando por descontado lo señalado en el IV y IX Pleno Casatorio Civil, ya que indica que no hay incidencia directa entre lo resuelto por el juzgado y lo señalado en los Plenos Casatorios Civiles.
Dándose la controversia, cuando se vulnera o hay una amenaza del debido proceso, el propietario tiene que actuar como demandante, proponiendo que se dé la nulidad manifiesta con el respectivo contradictorio, ya que esto corresponde a la primera instancia y que sea resuelta en esta; debiendo ser el juez de la primera instancia que resuelva lo propuesto o de oficio, nulidad que ha sido acarreada por el ocupante precario. De no darse los jueces vulneran el artículo 139, inciso 3) de la constitución Política del Perú, como el Código Procesal Civil y se estaría igualmente frente a una indebida aplicación del Cuarto Pleno Casatorio Civil
En cuanto al material y métodos; se empleó una ficha de análisis de documentos, y el Método Descriptivo Explicativo, cuyo diseño fue no experimental.